LA CASA DE LA MONEDA DE SEVILLA EN
EL REINADO DE FELIPE II
En el siglo XVI La Casa de la Moneda
de Sevilla se vio integrada en el monopolio que ejercía la ciudad sobre el
comercio americano. Durante el periodo de la dinastía Habsburgo hispana se
encargó de acuñar la mayor parte del metal precioso proveniente de las Indias,
provocando un fuerte desequilibrio en la producción de moneda castellana a partir
de las décadas de 1570-1780 que obligó a Felipe II a intervenir limitando el
perjuicio que esta situación podía tener sobre la Corona con la Pragmática del
2 de julio de 1588.
Para comprender mejor el proceso que
llevó a la ceca de Sevilla, es preciso conocer primero cómo funcionaban las
cecas castellanas desde el comienzo de la Edad Moderna. Una de las grandes
preocupaciones de Isabel I en Castilla una de fue la de sanear el sistema
monetario legado por su hermanastro Enrique IV en el que habían proliferado de
cecas ilegales y acuñaciones fraudulentas. Por ello ya en la Real Cédula de
Sevilla de 1475 se especificaban duras penas contra quienes falsificaran la
moneda o acuñasen sin permiso regio. Sólo se podría amonedar en una de las seis
cecas oficiales del reino: A Coruña, Burgos, Toledo, Segovia, Cuenca y Sevilla
a la que se añadiría a finales de siglo la de Granada. En 1497 la Segunda
Pragmática de Medina del Campo del 13 de junio de 1497 reguló el funcionamiento
de las cecas como entes autónomos pero bajo la estricta supervisión de la
Corona. Eran arrendadas a comerciantes y financieros encargados de amonedar el
metal precioso que los particulares llevasen a la ceca a cambio de un
porcentaje del mismo (la Corona se reservaba la acuñación del vellón por la
facilidad con que podía ser falsificado). Por último la obligatoriedad de la
marca de ensayador además de la de ceca garantizaba la pureza de ley en las
monedas. Este ordenamiento jurídico funcionó adecuadamente durante bajo los
Reyes Católicos y Carlos I, gracias además a que renunciaron al cobro del
“impuesto de señoreaje”, y contribuyó al éxito del sistema monetario castellano
en el comercio europeo. Pero el Monopolio de la Casa de Contratación y algunas
decisiones de Felipe II como la de abastecer de manufacturas a las colonias
desde la metrópoli o la reintroducción del citado impuesto, lo alterarían
definitivamente.
A
partir del segundo tercio del siglo XVI se instalaron en Sevilla gran cantidad
de comerciantes y banqueros (flamencos, genoveses, portugueses etc.) encargados
de financiar las empresas de la Corona y de abastecer de manufacturas del
mercado americano. Desde América los funcionarios y quienes tenían el asiento de
las minas (de propiedad regia y de las que el rey recibía directamente
alrededor de un 40 % de la producción) demandaban a la península múltiples productos
llevando a cambio remesas de plata como pago. Los comerciantes-financieros
sevillanos acababan obteniendo casi todo el metal que llegaba al Guadalquivir y
como deseaban amonedarlo cuanto antes recurrieron masivamente a la Casa de la
Moneda de la ciudad. Llevar el metal a otras cecas castellanas resultaba caro
por el transporte (de ida y vuelta porque el pago en moneda se realizaría en
Sevilla) y el peligroso de los salteadores en los caminos meridionales. Incluso
el propio monarca acuñaba toda su plata en Sevilla para pagar cuanto antes sus
deudas y estableció la prioridad de su metal sobre
el resto retrasando muchos algunos pagos y perjudicando a los comerciantes que
no eran acreedores de la Corona. El viejo edificio del siglo XIII era no podía cubrir
la inmensa demanda y por la Cédula Real de 1584 se ordenó la construcción de un
nuevo edificio que se terminó dos años después. Aunque la capacidad técnica
aumentó, no fue suficiente.
Mientras
la ceca sevillana daba fabulosos beneficios a sus arrendatarios los de las
demás se estaban arruinando y comenzaron a declarar una menor cantidad de metal
amonedado de forma que cobraban un menor impuesto de señoreaje y se
beneficiaban junto a los propietarios del metal. Felipe II, acuciado por las deudas, (también él había falsificado la
moneda ordenando en secreto la reducción en secreto de la ley de la plata para evitar
la bancarrota) cambió de estrategia y retrasó en lo posible todos sus pagos encargando
la acuñación de una buena parte de la plata regia en el Real Ingenio de
Segovia, directamente bajo su control y que contaba con la nueva técnica de
acuñación por rodillo.
Sin
embargo no podía permitir que en un momento tan difícil a nivel financiero se
escatimasen impuestos y atajó la corrupción en las cecas con la Pragmática del
2 de julio de 1588 introduciendo rigurosas medidas de control en la producción,
entre ellas la fecha en la moneda. Pero el daño ya estaba hecho y desde entonces cada vez
se haría más frecuente el fraude de la ley de la plata, siendo el caso la de
Potosí durante la primera mitad del siglo XVII el más destacado
Bibliografía:
-PÉREZ SINDREU, Francisco de Paula,
La Casa de la Moneda de Sevilla, su Historia, Universidad de Sevilla, 1992.
-SANTIAGO
FERNÁNDEZ, Javier de, Economía y propaganda en la moneda castellana durante la
Edad Moderna, Madrid, Fundación Universitaria Española, Seminario Cisneros,
2003.
-SANTIAGO
FERNÁNDEZ, Javier de, Moneda de plata castellana en los siglos XVI y XVII,
evolución e intentos de reforma, Barcelona, 2001.
-VILAR,
Pierre, Oro y Moneda en la Historia, Barcelona, Ariel, 1981.
No hay comentarios:
Publicar un comentario