La
financiación del reinado de Felipe V, así como la de la Guerra de Sucesión
(1701-1714), fue llevada a cabo de la misma forma a la que había recurrido
tradicionalmente la monarquía hispánica en momentos de crisis bélicas, es
decir, mediante la venta de cargos y la enajenación de rentas reales,
jurisdicciones y baldíos.[1] No
obstante, la situación de Felipe V es peculiar respecto a la de monarcas
anteriores ya que su necesidad financiera fue mucho mayor al tener que
abastecer no solo a dos onerosas Casas Reales sino también a un numerosísimo
ejército. Aunque los nombramientos a cambio de dinero eran una manera poco
virtuosa de obtener un puesto y también de conseguir riqueza, éstos se
justificaban con la urgencia monetaria de las arcas reales, ya que se
consideraba que cualquier servicio dado a la monarquía era dado a la misma
divinidad, incluso el pecuniario. También lo legitimaba el hecho de considerar
a la Guerra de Sucesión una guerra de religión, ya que Felipe V luchaba contra
naciones protestantes defendiendo a la Iglesia y la fe católicas, que eran
patrimonio de la monarquía hispánica, de modo que aportar dinero para esta
causa era imprescindible.[2]
De este modo, para
obtener beneficios suficientes de la venta de cargos y honores con los que
poder sufragar los gastos de la guerra, se aumentó el volumen de la operación
venal que funcionaba en los últimos años del reinado de Carlos II, siendo
añadidos cargos para ejercer en España que hasta el momento no habían sido
considerados vendibles. Además, se llevó
a cabo una reducción de los requisitos sociales y profesionales a exigir a los
compradores para poder captar mayor número de interesados en la mercancía, y
que las tradicionales trabas que causaba el tema de la sangre y la
honorabilidad para el ejercicio de algunos cargos públicos no supusiesen un problema
para el negocio.[3]
El resultado de estas ventas fue de una importancia monumental, la cuantiosa
aportación a los ingresos de la Corona es perfectamente perceptible en el
análisis que se va a mostrar a continuación sobre los ingresos totales del monarca,
elaborado por el doctor Andújar Castillo, catedrático en Historia Moderna en la
Universidad de Almería.
Tomando el período
entre 1705-1713[4]
y teniendo en cuenta que solamente entre junio de 1705 y junio de 1709 existen
cuentas precisas -siendo más de la mitad del total de tiempo en el que se
vendieron cargos-, la venalidad supuso como mínimo el 6,6% (15.355.274 de
reales) del total de los ingresos de la Hacienda Real, siendo decisiva en la
financiación de la guerra.[5] En
un principio, el dinero destinado a esta causa, procedente de la venta de
cargos, debía pasar por la Tesorería Mayor de Guerra y ser fiscalizado por la
Contaduría de la Intervención, pero no todos los beneficios atravesaron este
proceso, ya que se conoce una clara diferencia entre los cargos y honores que
se registraron en la Tesorería General y los que realmente se vendieron,
gracias al cruce de la documentación del Tribunal Mayor de Cuentas y otras
fuentes del Archivo Histórico Nacional, el Archivo General de Indias y de la
Sección de Estado del Archivo General de Simancas[6].
AÑOS
|
1705
|
1706
|
1707
|
1708
|
1709
|
1710
|
1711
|
1712
|
1713
|
TOTAL
|
Total vendidos
|
104
|
92
|
161
|
239
|
159
|
157
|
230
|
95
|
40
|
1277
|
Registrados tesorería
|
83
|
79
|
106
|
178
|
120
|
127
|
165
|
86
|
29
|
973
|
Diferencia
|
21
|
11
|
55
|
61
|
39
|
30
|
65
|
9
|
11
|
304
|
Fuente:
Andújar Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008),
p. 55
La falta de información
se debe a la inevitable corrupción económica presente en una actividad como la
que estamos estudiando, pero la causa fundamental es el hecho de que mucho
dinero se entregó directamente a los tesoreros de guerra sin pasar por la
Tesorería Mayor de Guerra o la Tesorería General. Fue dado en mano a Claudio de
la Roche, secretario de la Cámara del Rey, para que fuese ingresado por
distintas vías de la ordinaria dirigida por José
Grimaldo. Fue, además, un dinero que no se invirtió en la finalidad para
la cual había sido recaudado sino que se aplicó a la financiación de la Casa de
la Reina. Otro motivo importante para explicar las desinformaciones es la
existencia de financieros privados que controlaban la operación venal, ya que muchas
de las ventas fueron un modo de cobrar el dinero que previamente habían
adelantado, para saldar la deuda de la hacienda regia con sus casas de
negocios, en especial con Juan de Goyeneche, tesorero de la reina.[7]
Andújar Castillo lleva
a cabo otro análisis mucho más específico con el que se puede conocer el
volumen del fenómeno venal: al sumar las cifras de las operaciones asentadas en
la Tesorería y las calculadas a partir de las ventas realmente efectuadas, se
muestra que la aportación a los ingresos totales de la Corona fue mayor que la
establecida en un principio en un 6,6% (15.355.274 de reales).
AÑO
|
REALES DE
VELLÓN
|
1705
1706
1707
1708
1709
1710
1711
1712
1713
|
7.720.762
7.463.429
8.201.226
13.717.200
6.459.750
6.804.017
10.955.617
4.121.740
1.646.158
|
TOTAL
|
67.089.899
|
Fuente:
Andújar Castillo, Francisco
Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p.
El resultado no refleja
la cantidad exacta ya que a esta cifra habría que sumar la correspondiente
media annata[8]
que pagaban los compradores de empleos en el momento de su inversión. Sin
embargo, Andújar ha calculado una cifra aproximada de 5 millones de reales en
base a una serie de “segundos plazos” de 1705-1713, que se sumarían a los 67
millones de reales ingresados en España, dando lugar a 72 millones de reales,
que igualmente también deberían ser corregidos a la alza al no haberse
localizado todos los segundos plazos a abonar en América.[9]
Todas las cifras
establecidas deben considerarse como cuantías mínimas ya que solamente se ha
podido estudiar el asunto en base a la documentación dejada en la Tesorería
Mayor, en la Secretaría del Consejo de Indias, en la Secretaría de Hacienda y
Guerra y en los libros-registro, no siendo posible determinar el porcentaje
exacto de ocultación.[10]
[1] Andújar
Castillo, Francisco Necesidad y
venalidad. España e Indias. 1704-1711, Centro de Estudios Políticos y
Constitucionales, Madrid, (2008) p. 27
[2] Andújar
Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) pp.
31-34
[3] Andújar
Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p.
51
[4] Andújar hace un estudio
cuantitativo de lo generado por la venta de cargos tomando como punto de
partida 1705 ya que es a partir de esa fecha cuando los registros contables en
la Tesorería Mayor de Guerra se hacen más precisos y cuando las enajenaciones se
generalizan durante todo el año afectando tanto a cargos para ejercer en Indias
como en España.
[5] Andújar Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias. 1704-1711, Centro de
Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p. 53
[6] Andújar
Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p.
55
[7] Andújar Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias. 1704-1711, Centro de
Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p. 56
[8]
Generalmente, se pagaba la
media annata de los puestos obtenidos para América en las Cajas Reales
americanas y posteriormente el dinero se remitía a España junto con lo
recaudado por todos los conceptos de "Caudales de Indias". Por su
parte, quienes obtenían un cargo para España realizaban el pago al contado o a
plazos, existiendo las "esperas" concedidas por el rey para aplazar
los pagos.
[9] Andújar
Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p.
60
[10] Andújar
Castillo, Francisco Necesidad y venalidad. España e Indias.
1704-1711, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, (2008) p.
63
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