sábado, 17 de enero de 2015

Los tratados y las bulas de la conquista de América




Las capitulaciones de Santa Fe

Fueron el primer documento firmado haciendo referencia al nuevo continente descubierto por el almirante Colón. Se trata de un documento en papel o pergamino. Las capitulaciones de Santa Fe se firmaron el 17 de abril de 1492. (Hay tener cuidado pues muchos documentos ya eran falsos en el siglo XVI, es el caso de bulas, cédulas reales que fueron falsificadas por los indígenas, que entendieron el sistema y lo copiaron, porque se dieron cuenta que los españoles daban importancia a esos papeles). El tamaño normal de este momento es el bifolio o pliego (papel salido de la formadera) era el tamaño estándar, las capitulaciones son a tamaño folio, es lo más normal puesto que es mucho mejor para archivarlo.

En las capitulaciones podemos apreciar un sello que reza: “Archivo General de Indias, Sevilla”, lo que parece indicar que estuvo allí, estas aberraciones son normales en la época, todo el siglo XVI y en Europa, para intentar evitar el robo. En la parte inferior aparece la signatura puesta a lápiz. Existen anotaciones en la parte superior, con dos tipos de letra diferente, pero de las que se dan sólo una es común a la del documento.

En la parte final del documento está la firma y el sello del Archivo de Indias. La firma pertenece a un escribano público, la firma es archivada y el sello está hecho por él, con lo que da fe que el documento es legal. Se trata de un folio escrito por ambas caras (recto y verso), en un único folio.

La frase que reza “Traslado de las capitulaciones concedidos a don Cristóbal”, indica que no es el original de las capitulaciones de Santa Fe, sino que es un traslado, que tendría el mismo valor que el original, con lo que también tiene el mismo valor para un historiador, pues así es asegurado por el escribano. No tenemos claro de que época es el traslado.

Es raro que en las capitulaciones ya se diga que se ha descubierto América, cuando esto se firma en abril. Parece ser que se sabía lo que parecía haber, luego dice que ha de hacer el viaje.

Las capitulaciones firmadas entre Cristóbal Colón y los Reyes Católicos el 17 de abril de 1492, hacen a este primero, una serie de donaciones:

-Es nombrado Almirante del Mar Océano de por vida, un título hereditario para sus descendientes.

-Es nombrado virrey y gobernador general de todas las tierras que descubriera (islas o continentes).

-Le dan el derecho de terna, que consiste que en las nuevas tierras que descubra para llevar a cabo la elección del gobernadores menores de esas tierras, Colón puede proponer tres nombres y los reyes están obligados a elegir uno de ellos.

-Recibirá el 10% de todos los beneficios que generen las mercaderías con las nuevas tierras.

-Poseerá el derecho de exclusividad en los pleitos mercantiles, es decir, Colón es el juez supremo o en el que él delegue. Este derecho se lo quitan antes de partir mediante otro documento.

-Tendrá en sus manos el derecho de ocheno. Él no va a tener la exclusividad del comercio, pero cualquier comerciante que vaya a comerciar puede pararlo y si él quiere puede invertir una octava parte (12,5%) y si la expedición va mal pierde, si va bien gana lo mismo que ha invertido.

Por otro lado, Juan Rodríguez de Fonseca es el gran partícipe de que se firme una paz entre Castilla y Portugal. Él era el consejero en las cosas de mares de los Reyes Católicos. Este tratado se firma como modo de evitar una guerra entre las dos potencias. España y Portugal firman el Tratado de Alcaçovas-Toledo, primero se firma en 1479 en la ciudad de Alcaçovas en Portugal y en 1480 se firma en Toledo. Por este tratado se reparten los descubrimientos hechos hasta la fecha en el Atlántico; Castilla se queda con las Islas Canarias y Portugal con el resto. Es en este momento cuando una Castilla volcada al Mediterráneo, que no era una potencia navegante, hasta el momento en que en su Corte aparezca la propuesta de Colón. Este tratado es el principal antecedente del Tratado de Tordesillas, que supone el equilibrio de concesiones entre las dos coronas, el Atlántico medio para presionar a la corona portuguesa.

La empresa de  Cristóbal Colón será respaldada por cinco bulas papales del Papa Alejandro VI:

-Primera Inter Caetera o Bula de donación (1493): mediante esta bula el Papa concede a los Reyes Católicos las tierras descubiertas y que estén por descubrir en esa ruta hacia las Indias por el oeste, que no pertenezcan a ningún príncipe cristiano.

-Segunda Inter Caetera o Bula de partición (1494): mediante la cual se divide el océano Atlántico en dos partes mediante un meridiano situado a 100 leguas de las Azores y Cabo Verde, concediendo la occidente a España y oriente a Portugal.

-Piis Fidelium (1493): por la cual se nombra a Fray Bernardo Boyl como evangelizador.

-Eximiae devotionis (1493): por la que el Papa concede a los Reyes Católicos los mismos derechos que los portugueses tenían en sus posesiones en Oriente.

-Dudum siquidem (1493): es una ampliación de la primera, para recalcar que todas las tierras hacia las Indias serán para los Reyes Católicos.

En las bulas se pone fecha pero no es la real, el rey Juan de Portugal no acepta las bulas del Papa Alejandro VI. En este contexto se produce la ampliación del Tratado de Alcaçovas-Toledo, los reyes no consienten que se establezca el paralelo y se cambia al meridiano a 370 leguas de las Islas de Cabo Verde, mediante el Tratado de Tordesillas que se firma el 7 de junio de 1494, por el que las dos potencias, España y Portugal, se reparten el mundo.

Para calmar los ánimos autoriza el repartimiento de las tierras de los indígenas y su servicio personal, la explotación empieza en 1498. Debido a las denuncias de la Corte, los Reyes Católicos mandan a un juez Francisco Bobadilla, que autorizará la libertad para coger oro, vender tierras y hacer el repartimiento de las tierras de los indígenas. En agosto de 1500 se le acusa de mal gobierno.

Los Reyes Católicos le retiran a Colón sus privilegios dados en las capitulaciones de Santa Fe y en 1501, los Reyes Católicos nombran gobernador de la Española a Frey Nicolás de Ovando, el primer gobernador que hay en América. Tras el cese de Cristóbal Colón, las potencias sin derecho Francia e Inglaterra empiezan a tomar parte en la empresa americana con las exploraciones de un marino Juan Caboto, Giovanni Cabbotto o John Cabot.

Capitulaciones de Descubrimiento y rescate, son aquellas que se firman entre los Reyes Católicos y los comerciantes; por las cuales los reyes les permiten comerciar y descubrir, pero se les impone que no pueden dirigirse a los territorios portugueses, ni los descubiertos por Colón. Con ello se pretende ampliar la empresa iniciada por Colón. Los comerciantes tienen que costear la totalidad de la expedición y tienen que pagar el quinto real, un 20% de lo ganado.


Finalmente se da el Tratado de Zaragoza, donde Carlos V firma con el rey portugués el tratado en 1529, cediéndole las islas a éstos por 300.000 ducados, por el cual la Casa de Contratación de la Coruña desaparece.

Bibliografía:

-Pérez-Embid, F. El almirantazgo de Castilla hasta las capitulaciones de Santa Fe, Sevilla, Universidad, Escuela de estudios hispanoamericanos, 1944.

-Floristán, A. Historia moderna universal, Barcelona, Ariel, 2011. 

-Sopena, R. Historia del mundo en la Edad Moderna, Barcelona, 1942. 

-Verd Martorell, G, Las capitulaciones de Santa Fe: Colón ya no es un enigma, Mallorca, Asociación Cultural Cristóbal Colón, 2010. 


viernes, 16 de enero de 2015

La transición del feudalismo al capitalismo en Inglaterra: un debate historiográfico

El fenómeno por el cual se produce el tránsito del feudalismo al capitalismo como modelo económico imperante ha desatado gran cantidad de historiografía al respecto y ha generado diversas controversias en cuanto al cuándo, al cómo y al porqué. En el caso de Inglaterra, tradicionalmente considerada como uno de los lugares donde primero se desarrolló el capitalismo, la historiografía anglosajona ha dedicado numerosos estudios a este tema y podemos encontrar dos visiones encontradas.

La teoría más extendida defiende la idea de que las enclosure acts fueron el primer peldaño de una larga escalera que conduciría de un sistema económico feudal a uno de corte capitalista, siendo así la primera de las prácticas de dicha índole en desarrollarse en la economía y la sociedad inglesas. Las enclosures eran un proceso de reestructuración de la propiedad rural con dos objetivos básicos: la homogeneización y agrupación de las propiedades agrícolas y la liberación de la regulación parroquial de cultivo; todo ello para mejorar la productividad (aunque no se probó que dicha mejora respondiera a causas de esta naturaleza). De este modo, se dará paso a una lógica de planificación centralizada e insolidaria en la que estaba implícita no solo la extinción del control comunal y la privatización de la tierra, sino también la desposesión de los trabajadores rurales y su progresiva proletarización.

Esto se debe a que la gentry, decidida a someter los campos al yugo de la mejora, adoptará una mentalidad capitalista en la explotación de sus fincas y requerirán mano de obra en abundancia para la puesta en marcha de sus proyectos. Lo que encontrarán, sin embargo, no es un ejército de fuerza de trabajo disciplinado y disponible, sino una “multitud de perezosos” (SEVILLA BUITRAGO, 2010), puesto que también trabajaban las tierras comunales y no siempre estaban dispuestos a trabajar en las suyas. En consecuencia, para construir el nuevo orden era necesario eliminar este elemento resistente de los territorios sociales precapitalistas, las tierras y derechos comunales: “when the commons are enclosed, the labourers will work every day in the year, their children will put out to labour early” (SEVILLA BUITRAGO, 2010).

Por otra parte, están los autores que consideran que, si bien podemos ver los orígenes del capitalismo ya en el siglo XV –e incluso en el XIII-, éste no tiene su primera identificación con las leyes de cercamiento de las tierras comunales, pues los nuevos propietarios de estas parcelas ahora cercadas estarán muy lejos de las ciudades y el ritmo comercial y financiero que se daría en ellas. De hecho, estos autores ni siquiera consideran a los grandes terratenientes y nuevos propietarios de los antiguos open fields como los motores de este protocapitalismo, sino que el desarrollo del modelo capitalista en Inglaterra debe mucho a los propios campesinos que, sacudidos por la crisis de la Baja Edad Media, se lanzaron a nuevos desafíos económicos en busca de beneficios, fundamentalmente en la industria de los paños (draperies), que tanta importancia tuvo en la economía inglesa durante la Edad Moderna y en el desarrollo del denominado «capitalismo comercial».

La cuestión es que el debate historiográfico en torno a este tema se basa en las diferentes concepciones de capitalismo que tienen los autores, por lo que las teorías divergen desde el primer momento en el que se intenta exponer una definición del mismo. Los autores que apoyan el origen del capitalismo sobre las enclosure acts, ponen énfasis en una dimensión cultural, por lo que identifican el capitalismo como un nuevo modelo de mentalidad, basado en la búsqueda de acumulación de riqueza a costa de otros; mientras que los defensores de la segunda visión, hablan de un capitalismo en el que hay muchos más factores subyacentes: deben existir relaciones de intercambio dominadas por un mercado que tenga una influencia notable en la sociedad, un grupo prominente de empresarios en busca de beneficios que inviertan capitales en los medios de producción, la existencia de una protoindustria y un comercio desarrollado y una mano de obra asalariada. Se trata por tanto de un debate difícil de congeniar o solventar, pues la problemática surge debido a que ambas visiones parten de lugares distintos.



-    DYER, C., “Los orígenes del capitalismo en la Inglaterra medieval” en BROCAR, nº 22 (1998), pp. 7 – 19.
-  SEVILLA BUITRAGO, A., “¿Planificar los comunes? Autogestión, regulación comunal del suelo y su eclipse en la Inglaterra precapitalista” en Geo Crítica, Cuadernos Críticos de Geografía Humana, vol. XVII, nº 442 (2009) Universidad de Barcelona.
- SEVILLA BUITRAGO, A., “Hacia el origen de la planificación: territorio, enclosure acts y cambio social en la transición del feudalismo al capitalismo” en Ciudades, Revista del Instituto Universitario de Urbanística de la Universidad de Valladolid, nº13 (2010), pp. 165 – 181.

jueves, 15 de enero de 2015

La recaudación del diezmo en la Catedral de Sevilla


El diezmo fue durante gran parte de la historia de España el primer y único impuesto sobre la renta de sus habitantes. La iglesia diocesana de Sevilla debería de haber sido la encargada de gestión sin embargo, desde mediados del siglo XIV, el rey Pedro I delegó tan compleja tarea en el Cabildo Catedralicio de Sevilla.

 El diezmo como un impuesto universal, obligatorio y exigible pagado anualmente por los fieles a la Iglesia que se instaura en España en el siglo XII, gravaba la décima parte de la producción agropecuaria bruta o de lucro legítimamente adquirido. Se satisfacía en especie, ya fuese con los productos del campo (cereales, vino, frutos), con la ganadería o el producto del trabajo. Los herejes, infieles y judíos están obligados a pagar los diezmos prediales. Los diezmos prediales, o reales, eran aquellos que se devengaban de los predios: campos,viññas, huertas, animales... Los diezmos personales eran los que se pagaban por o adquirido por el propio trabajo, negocio y oficio. Entre éstos, se incluyen los ingresos generados por la explotación agropecuaria. 

Administración del impuesto
 
La administración del diezmo de la diócesis hispalense correspondía al Cabildo Catedral, aunque en el ámbito de su recaudación fuera todo un extensísimo arzobispado, que incluía las fértiles campiñas sevillanas,el fructífero bajo Guadalquivir o ricas tierras onubenses. El Cabildo fue quien emitió las sucesivas normativas en materia del impuesto, y entre ellas se aclara su carácter autoritario. Hay que destacar que existe una bula expedida por el Papa Alejandro IV en que le da facultad de administración de los diezmos.

La recaudación de los diezmos

El Cabildo utilizó dos sistemas para la recaudación de los diezmos: individualizado por cada parroquia y por cada tipo de bien: la fieldad y el arrendamiento del cobro del impuesto a los contribuyentes realizado mediante personas contratadas por el Cabildo. Con mayor frecuencia el Cabildo arrendaba su cobro, anualmente, a personas particulares, con lo que se ahorraba un largo proceso. Durante ciertos períodos en el arzobispado se explotaba directamente gran parte del diezmo de los granos y se arrendaba el resto.

Los beneficiarios de los diezmos 

El sistema de reparto del diezmo se hace, inicialmente, en tres partes iguales:
  • Un tercio para las Mesas Arzobispal y Capitular, en principio mitad para cada una.
  • Un tercio para Beneficios y Prestameras.
  • Un tercio final se parte, a su vez, en tres porciones: dos corresponden a las Tercias Reales y una para fábricas.
Por tanto, en la mayoría de las parroquias se destina una parte importante de los ingresos para el Arzobispo y el Cabildo, dos entidades que percibían un tercio de todos esos diezmos diocesanos. Así teniendo en cuenta las matizaciones expresadas, podemos señalar que el Cabildo ingresaba un 18% del total (el 55% de un tercio) y que al Arzobispo se destinaba un 15% de lo recaudado. 
 
Sobre el tercio para beneficios debemos de aclarar que en la diócesis de Sevilla la condición de beneficiados se otorga a una serie de sacerdotes y, en menor medida instituciones eclesiásticas, que no tenían que ser de la misma localidad. Deducidos de ese tercio decimal lo que percibían los beneficiados, en muchas parroquias quedaba un resto, que daba lugar a las prestameras. para el sustento de diversos clérigos de la archidiócesis. Hay veces en que el perceptor de la prestamera era el mismo beneficiado. También se aplicaban a proporcionar una renta a los estudiantes pobres y a los que combatían contra los infieles y herejes.

Las tercias reales constituían la parte que iba directamente a la Corona. El nombre de "tercias" esá justificado por ser dos terceras partes del tercio de fábrica. La documentación a este respecto se conserva en los archivos de la Hacienda Real, donde puede comprobarse cómo el cobro de esta fuente de ingresos de la Corona, como muchas otras, estaba arrendado por necesidades financieras. Solo comentar que aunque las tercias devengadas en algunos lugares fueron cedidas a nobles y a monasterios, en general se convirtieron en uno de los ingresos más productivos del erario público. 

Las Fábricas, como ya hemos mencionado, representaban los gastos de mantenimiento y conservación de los templos. Así la novena parte del total recaudado en cada collación, se asignaba directamente al mantenimiento exclusivo de su parroquia.
 
Por tanto, ya fueran los gestores de las fieldades, o los arrendatarios de los diezmos, tenían obligación de repartir el fruto de los diezmos entre los partícipes que acabamos de mencionar.
 
Bibliografía 

HERNÁNDEZ BORREGUERO, J.J.: La Catedral de Sevilla, Economía y Esplendor (Siglos XVI Y XVII), Sevilla: Ayuntamiento de Sevilla-ICAS, 2010.
 
 
 
 
REFORMAS ECONÓMICAS DURANTE EL REINADO DE CARLOS II

Hacia finales de las década de los setenta del siglo XVII, el sistema económico de la Monarquía Hispana se encontraba en una situación muy delicada debido al conflicto bélico entre España y Francia por los Países bajos y la alteración en el comercio que se produjo, al endeudamiento de la Real Hacienda, al estallido de brotes de peste en el sur peninsular, a las malas cosechas, y al crecimiento desorbitado de los precios en contraposición con el de los sueldos.

Con el objetivo de poder afrontar todos los problemas de dinero que amenazaban a la Monarquía Hispana, se crearon toda una serie de órganos consultivos, las Juntas, con grandes personalidades expertas en las materias que se trataban en cada una de ellas. Entre estos organismos cabe destacar la Junta de Comercio (que se encargaba de fomentar el comercio y la industria), que se mantendrá hasta finales del Antiguo Régimen. Estas Juntas trabajaban con los memoriales realizados por los pueblos para el Consejo de Castilla y el Consejo de Hacienda y con informes de arbitristas y funcionarios especializados. Las propuestas realizadas fueron las siguientes: reducir los impuestos, combatir la inflación, renovar el tejido industrial, fomentar la agricultura y equilibrar la balanza de pagos.

El reinado de Carlos II fue el comienzo de la recuperación económica de la Monarquía Hispánica, algo que se puede ver muy bien en el incremento poblacional, en el auge de la producción agrícola (medida por los diezmos) y en una cierta recuperación del comercio interior o de la actividad portuaria. Así mismo, se puede hablar un “reformismo austriaco”, en el que una serie de gobernantes (pero también del mundo de la ciencia y del pensamiento) idea una conjunto de mecanismos para sacar a la Monarquía Hispana de su larga siesta, siendo el caso de Juan José de Austria, el duque de Medinaceli o el conde de Oropesa, en los que se ve un claro deseo de cambio.

La reforma impositiva y la búsqueda de un equilibrio presupuestario

El problema para los arbitristas residía en que las cuotas fiscales asignadas se ajustaban a las cifras de población de finales del siglo XVI, sin que se hayan tenido en cuenta los cambios demográficos durante este tiempo. Esto hacía que los campesinos tuvieran que pagar mucho más de lo debido, elevando los costes de producción, y se tradujera en la descapitalización del mundo rural y la huida de sus habitantes. Por estas razones, Juan José de Austria, intenta llevar a cabo un censo de población donde se indiquen los recursos económicos de los pueblos.

Una de las primeras medidas tomadas por Juan José de Austria cuando llegó al poder en la Corte fue negociar las cantidades que podían pagar los pueblos de lo que adeudaban a la Corona, facilitando su abono, lo que benefició a numerosas villas al cancelárseles parte de las deudas contraídas antes de 1673.

En la década de los ochenta se realiza una reforma del sistema administrativo de las rentas ordinarias, según la cual se suspenden los arrendamientos de las de las rentas ordinarias (alcabalas, unos por ciento y servicios de millones), que son sustituidos por encabezamientos de ciudades y pueblos, y la designación de superintendentes provinciales para que recauden y administren en nombre de la Real Hacienda los valores encabezados, aumentando el control sobre el poder local. Por otro lado, se ajustan los valores de las rentas adaptando su importe al poder económico de la población, reduciendo impuestos sobre artículos básicos, con el objetivo de incentivar el consumo. Aun así, la sucesión de malas cosechas y enfermedades durante 1684, aconsejaron nuevas rebajas fiscales como la suspensión de los recargos añadidos al servicio de millones por Felipe IV y la rebaja a la mitad de los cuatros unos por ciento.

Como consecuencia de esta política de alivio económico a los pueblos, se producirá un descenso de los ingresos ordinarios, que unido al incremento del gasto del Estado hizo que se buscaran fuentes de financiación que lo compensaran, como contribuciones extraordinarias de las que no se libraron ni el clero ni la nobleza, aunque sin aportar en la misma proporción que los pecheros. También se crearon gravámenes adicionales sobre determinados productos de lujo como el cacao, el tabaco y el azúcar; así como sobre el consumo de la sal. Otra medida fue la solicitud de donativos voluntarios y forzosos a las poblaciones, tanto en soldados como en dinero. Todas estas tomas de decisión no tenían otro objetivo que poder hacer frente a los enfrentamientos bélicos con Francia.

Junto a estas medidas recaudatorias, también se elaboraron toda una serie de normas para rentabilizar mejor los impuestos aumentando el control sobre las recaudaciones y evitándose el fraude fiscal y el contrabando de mercancías que eran tan comunes entre el clero, la nobleza y la milicia. También se recuperaron rentas reales enajenadas por las Corona o usurpadas por particulares.

En 1691, se inició un proceso de racionalización y reforma de la Administración, reduciendo la plantilla del personal de los Consejos y las Casas Reales. Sin embargo, estas iniciativas apenas supusieron ahorro y sí inconvenientes al gobierno por la acumulación de trabajo. Por otro lado, se realizaron modificaciones y recortes en pensiones y mercedes, se retuvo un tercio de los salarios en 1693 y se suspendieron los haberes a quienes no servían los empleos. Sin embargo, la medida más importante fue tomada en 1688, en la que se establecía un presupuesto mínimo de 4 millones de escudos para afrontar los gastos del Estado, lo que en la práctica fue una suspensión de pagos.

La reforma monetaria

El objetivo principal de estas reformas monetarias era regular y hacer más fácil la convertibilidad entre las monedas de oro y plata con las de vellón, así como intentar expulsar de la circulación la moneda falsa o con un valor intrínseco reducido y por debajo de su valor metálico real.

La Pragmática de 1680 intentaba luchar contra la inflación y dotar a Castilla de una moneda estable. La reforma de 1686, realizada por el conde de Oropesa, seguirá las doctrinas arbitristas, equiparando la moneda de plata castellana a sus contemporáneas europeas con la revalorización facial de las monedas de oro y plata, de tal manera que los cambios internacionales no eran tan perjudiciales a la Corona y se impedía su extracción a terceros países.

La industria y la agricultura

Juan José de Austria, siguiendo las teorías mercantilistas, había diseñado un programa para rentabilizar al máximo los recursos nacionales y disminuir la importación de manufacturas extranjeras, especialmente en el ámbito de los tejidos. Para ello, en 1679, se crea la Real y General Junta de Comercio, con el firme objetivo de impulsar y modernizar la industria nacional. Este organismo se encargaba de promulgar ordenanzas sobre desarrollo industrial y agrícola, otorgar privilegios fiscales y créditos a inversores, facilitar el comercio nacional, y reglamentar sobre aspectos de caminos, navegación, pesas y medidas, moneda y documentos de crédito y regular los intercambios con Europa y América.

Como consecuencia de diversas medidas, numerosos emprendedores extranjeros y nacionales iniciaron su andadura industrial, especialmente en el sector del textil, pero también del vidrio, del jabón… Este despegue industrial fue gracias al apoyo de la Corona con exenciones fiscales, protección de los fabricantes frente a los acreedores ante problemas económicos, concesión de créditos… Gran parte de estos inversores eran extranjeros: holandeses, franceses, italianos e ingleses, operando todos ellos al margen del sistema gremial pero con el objetivo de traer la técnica foránea y ser enseñada a trabajadores españoles. Sin embargo, estas empresas tuvieron que enfrentarse a la competencia de la red formada por los comerciantes en España, en la que no lograron cabida, y a los gremios.

En cuanto a la agricultura se proponen toda una serie de medidas fiscales para potenciar los cultivos industriales como la caña de azúcar, el lino, el cáñamo y las moreras. También se idearon todo un conjunto de proyectos de obras públicas con el objetivo de poner en valor tierras baldías, como canales de riego, aunque la gran mayoría finalmente no se llevaron a cabo. También  se pretende el aprovechamiento racional de las dehesas y los pastos comunales para incrementar la cabaña ganadera, tratándose el tema de la deforestación del reino y el incentivo de la apicultura. Se produjo una cierta concentración de la tierra bajo una creciente aristocracia rural, se diversificaron los productos agrícolas (cada vez más orientados al mercado), se introdujeron mejoras en la combinación de cultivo y ganadería y comenzó a haber una cierta especialización regional. Todo ello derivó en un aumento de la producción agrícola.

Bibliografía

SÁNCHEZ BELÉN, Juan Antonio, “Medidas extraordinarias para una crisis económica a finales del reinado de Carlos II: las reformas del duque de Medinaceli y del conde de Oropesa”, Trocadero: Revista de historia moderna y contemporánea (2011), nº 23, pp. 7-36.

YUN CASALILLA, Bartolomé, “Del centro a la periferia: la economía española bajo Carlos II”, Studia histórica. Historia moderna (1999), nº 20, pp. 45-76.

miércoles, 14 de enero de 2015

¿La historia de una hipocresía?



En este cuadro de Lucas Cranach el Viejo parece que vemos otro ejemplo más de los innumerables cuadros que nos muestran a Jescristo echando del Templo de Jerusalén a vendedores y cambistas siguiendo la narración bíblica (cfr. Juan 2, 13-17), sin embargo, un análisis de este cuadro, sumado a unas breves notas de la vida y época de su autor, nos pueden presentar una nueva perspectiva desde la que ver la concepción que se tenía de la economía en la fase embrionaria y los inicios de la Reforma luterana.
En este cuadro, pintado entre 1510 y 1511, esto es, varios años antes de que Lutero siquiera pudiese plantearse una ruptura con Roma para él y para millones de europeos, vemos ya ese espíritu de la Reforma. Un Jesús encolerizado expulsa del lugar sagrado a los avariciosos mercaderes y a los cambistas usurarios; estos personajes –como vemos, por ejemplo, en sus ropas– no son judíos del siglo I, son claramente alemanes del siglo XVI. Podemos llegar a ver en Cristo a un “Apóstol de los burgueses”  enfrentándose al espectro de Jakob Fugger e, incluso, siguiendo a la historiografía marxista de la extinta República Democrática Alemana, a un “socialista” preocupado tanto por el bienestar material de sus discípulos como por el espiritual.[1] En palabras de Steven Ozment, el Cristo de este cuadro aparece como un “emancipador de los pobres” que, en 1525, habría estado del lado de la revuelta campesina contra los señores.[2]
Se ha señalado que este Jesús pintado por Cranach en 1511 parece del lado de las que apenas catorce años más tarde serían calificadas por Martín Lutero de “hordas ladronas y asesinas de los campesinos”.[3] Pero el Nuevo Testamento no era para Lutero un “manifiesto comunista” que “sancionaba la dictadura del pueblo agraviado” y el statu quo debía mantenerse;[4] los pobres habrían de conformarse con su situación. Después de 1525 fue patente que la nueva religión del agustino sajón no se apegaría a la literalidad neotestamentaria que promovía la comunidad de bienes, como sí haría la rama “evangélica” del protestantismo.[5] Fueron Friedrich Engels y Karl Kautsky quienes, interpretando precisamente los hechos de 1525, articularon el discurso antiluterano que se ha considerado canónico por la historiografía marxista que definía al reformador como un “traidor de clase” sin ninguna concesión. Lutero fue contrapuesto a Müntzer en un reflejo de la concepción dialéctica de la historia marxista por estos autores así como por Ernst Bloch, quien sí valoró algunos aspectos del Lutero anterior a 1525.[6]
Una revisión de estas posturas dentro del marxismo fue llevada a cabo por Leo Kofler en la década de 1970. Este historiador se alejo de Engels, Kautsky y Bloch acercándose a autores “burgueses” como Max Weber o Ernst Troeltsch para acabar definiendo el luteranismo como un “movimiento de compromiso” que “inicialmente se alió con las fuerzas populares y sectarias” en el que finalmente vencieron a su aparente radicalismo los posos medievales y conservadores de su estructura social.[7] El propio Troeltsch ya había escrito en 1911 que “jamás la piedad luterana ha albergado un impulso para un desarrollo económico fuerte” y  que la ética económica luterana “ha tenido que templar mucho sus principios” pues la de Lutero no difiere para él “de la de cualquier otro autor medieval”.[8] Para Martín Lutero la función del Evangelio que predicaba no era la denuncia de las injusticias para establecer la justicia bíblica sino señalarlas a la autoridad para que legislase estableciendo una justicia civil;[9] “El Evangelio no se ocupa de las cosas temporales ni de saber si la justicia reina en esta tierra o lo que hay que hacer para que reine”.[10]
La doctrina luterana de la justificación cambió de hecho la concepción medieval de la pobreza, la cual “desespiritualizó”.[11] La fe y no las obras contaban para la salvación de las almas de los reformados, lo que daba más énfasis a las críticas de quienes, como los Fugger, buscaban la redención con proyectos tales como el Fuggerei.[12] No obstante, los primeros luteranos alemanes también combatieron el denominado “mammonismo[13]. Aunque cierta historiografía luterana ha tratado –y aún trata– de transmitir la idea de un Lutero crítico con las estructuras sociales y económicas de su época nos parece más verosímil la figura conservadora que, en materia económica, no se llega a separar demasiado del poder de los príncipes, muy enriquecidos ya en estos primeros años de la Reforma. En definitiva, Martín Lutero mantiene, durante toda su vida, una “actitud tradicionalista” que insta a “la resignación ante las injusticias del mundo” y que es  heredada del catolicismo medieval que en nada contribuye a la aparición de la “moderna vida económica” que Troeltsch identifica con el capitalismo.[14]
Nos dice Lucien Febvre que “Lutero era, por sus orígenes, un pequeño burgués de ideas cortas” que “lo ignoraba todo del mundo que lo rodeaba” refiriéndose a las problemáticas políticas económicas y sociales pues, para Lutero, la vida terrenal no era apenas relevante en comparación con el mundo futuro.[15] Quizá por eso el luteranismo de finales del XVI y principios del XVII “lo hubiera cubierto de vergüenza, si no le hubiera sido casi completamente extraño”[16]. Y de ese luteranismo quizá ya empecemos a ver algo uno de los más estrechos colaboradores de Lutero, aquel pintor con quien había trabajado en muchas de sus obras, que había grabado para él una valiosísima propaganda antirromana que acompañaba sus libelos, que había pintado aquel cuadro contra la usura y el comercio. Aquel pintor que se convertiría en pintor de la corte del elector sajón llegando a percibir con el elector Juan Federico de Sajonia un salario anual hasta su muerte de cien florines.[17]
Volviendo al artista al que nos referíamos al principio, podemos ver también un cambio en su vida a partir de la primera década del siglo XVI, cuando Lucas Cranach el Viejo se mudó desde el castillo de Wittenberg a la ciudad, comprando dos casas adosadas de la plaza del mercado. La reforma de estas, entre 1512 y 1517, hizo que Cranach se hiciese con más de 11.500 ladrillos, 7.300 tejas, setenta carros de piedra caliza.[18] En 1518 su casa contaba con 84 habitaciones y 16 cocinas.[19] Tras su matrimonio en 1512 a sus dos casas se sumó una tercera en Gotha, al tiempo que adquiría numerosas propiedades en los campos cercanos a la capital de la Sajonia electoral. En 1520, siendo Cranach uno de los hombres más rico de Wittenberg, una ciudad de cerca de 2.000 habitantes y unas 400 casas en esa fecha, consiguió que el príncipe elector renovase el privilegio concedido al anterior propietario de una de sus nuevas viviendas por el que consiguió el monopolio de las especias y medicinas en la ciudad para su farmacia. A su trabajo de pintor y grabador, Cranach había sumado el de político –llegando a ser alcalde– y boticario, lo que supuso mayores beneficios para él, que indiscutiblemente se convirtió en el burgués más rico de la ciudad, y su familia, que mantuvo el privilegio de la farmacia hasta el siglo XIX.[20]
Lutero y Cranach, dos protagonistas de la Reforma, representaron dos mundos muy diferentes unidos en un proyecto común que además de al cristianismo, quizá sin pretenderlo en sus inicios dio un vuelco a la sociedad, la economía y la cultura europeas. La evolución del pensamiento de ambos se reflejó en sus vidas y, de manera más relevante para el devenir de la historia europea, en sus obras. No juzgamos aquí la supuesta hipocresía que en ellos hubiera podido haber, antes bien, señalamos las contradicciones y las transformaciones que ambos experimentaron porque, en gran medida, en ellas estriba el origen del mundo moderno
                                                                                                                                                                                                                                                                        




[1] Ozment, Steven, The Serpent and the Lamb: Cranach, Luther, and the making of the Reformation, Yale University Press, 2011, p. 16 y notas 25 a 27, p. 283.
[2] Ibídem, p. 18.
[3] Véase Egido, Teófanes (Ed.), Lutero. Obras, Salamanca, Sígueme, 1997, pp. 271-277.En la introducción al escrito del reformador Teófanes Egido apunta a que “aunque anacrónico, el calificativo de aburguesado que se le aplica (a Lutero) en  esta fase segunda (se refiere a los años posteriores a 1525) no es del todo inexacto” en comparación con sus años de “batallador”.
[4] Blickle, Peter, The Revolution of 1525. The German Peasants’ War from a New Perspective, Baltimore, The Johns Hopkins University Press, 1981, p. 195.
[5] Wandel, Lee Palmer, The Reformation. Towards a New History, Cambridge, Cambridge University Press, 2011, pp. 94-95.
[6] Brady Jr., Thomas A., “Marxist Evaluations on Luther’s Thought” en VV. AA., The Oxford Handbook of Martin Luther’s Theology, Oxford, Oxford University Press, 2005, pp. 573-583, esp. pp. 574-577.
[7] Kofler, Leo, Zur Geschichte der burgerlichen Gesellschaft, Neuwied y Berlin, Luchterhand, 1971. Citado en ibídem, pp. 577-578.
[8] Troeltsch, Ernst, El protestantismo y el mundo moderno, México DF, Fondo de Cultura Económica, 1951, p. 74.
[9] Lindberg, Carter, “Luther’s stuggle with social-ethical issues” en McKim, Donald K. (Ed.), The Cambridge Companion to Martin Luther, Cambridge, Cambridge University Press, 2003, pp. 170-178, esp. p. 173.
[10] Febvre, Lucien, Martín Lutero: un destino, Fondo de Cultura Económica, México D.F., 1956, p. 217.
[11] Ibídem, p. 171.
[12] Ozment, Steven, op. cit., pp. 16.
[13] Este término se refiere a mammón, palabra aramea que significa riqueza y que aparece en los Evangelios para describir la abundancia material o la avaricia.
[14] Troeltsch, Ernst, op. cit., p. 74.
[15] Febvre, Lucien, op. cit., p. 216.
[16] Ibídem, p. 268.
[17] Ozment, Steven, op. cit., pp. 262.
[18] Ibídem., pp. 89-90.
[19] Ibídem, p. 92.
[20] Ozment, Steven, op. cit., pp. 92-93 y Rublack, Ulinka, Reformation Europe, Cambridge, Cambridge University Press, 2005, p. 19.

Acerca de las instituciones y la economía política de la Monarquía Hispánica en la Edad Moderna

Resumen y comentario de «Las instituciones y la economía política de la Monarquía Hispánica (1492-1714). Una perspectiva trans-“nacional”»
de Bartolomé Yun Casalilla[1]


El capítulo «Las instituciones y la economía política de la Monarquía Hispánica (1492-1714). Una perspectiva trans-“nacional”» de Bartolomé Yun Casalilla en la obra Economía política desde Estambul a Potosí: Ciudades estado, imperios y mercados en el Mediterráneo y en el Atlántico ibérico, c. 1200-1800, editada por este autor junto a Fernando Ramos Palencia y publicada en 2012 por la Universidad de Valencia, pretende ser una revisión de las visiones que ha tenido la historiografía y que, desde hace aproximadamente una década, ha empezado a ser estudiada de forma más matizada y en relación a todas sus instituciones, arrojando luz sobre los aspectos más desconocidos desde un “enfoque global no nacional” y “ a través de una perspectiva comparada dentro de Europa”, esto es, haciendo un llamamiento a favor de la historia global y la historia comparativa.[2] Yun Casalilla se refiere en las primeras páginas a aquellos autores de la “tradición” (los escoceses Adam Smith y William Robertson),  que hicieron hincapié en la irracionalidad del gasto de la Monarquía hispánica en las guerras de religión acaecidas en el continente europeo durante la Edad Moderna y en historiadores y economistas actuales (Daron Acemoglu, Simon Johnson, James A. Robinson) que, en cierto modo, han mantenido esta idea negativa de la economía política de la Monarquía hispánica. [3] Con ello, demuestra que determinadas visiones que aparecieron incluso en los siglos modernos se han mantenido en Europa, también en el ámbito académico.
En el marco de una economía-mundo la Monarquía hispánica compuesta de los Habsburgo hubo de convivir con una fragmentación política (los poderes locales tenían gran peso en sus respectivos territorios gracias a ciertos privilegios jurisdiccionales) y multitud de instituciones que imposibilitaban coordinar los interese de los estados que la conformaban. [4] Si bien en algunas posesiones de los Habsburgo se pudo mantener el control durante más tiempo, en los Países Bajos calvinistas el conflicto condujo a la ruptura y la creación de las Provincias Unidas.[5]
Sigue el autor explicando brevemente ciertas consideraciones acerca del denominado “imperio español” en tanto que monarquía compuesta, idea en la que sigue a John H. Elliott. Destaquemos únicamente de este apartado las ideas de que el imperio en los siglos XVI y XVII no tuvo una metrópoli cohesionada –sí lo tendría en el siglo XVIII– y de que los reyes hubieron de lidiar con otros “agentes sociales y políticos” que se sirvieron de “viejas costumbres políticas, leyes locales y privilegios sociales (…) muy difíciles de cambiar”. [6] Recordemos, como bien señala el autor, que “la monarquía compuesta (fue) un conjunto de diferentes unidades institucionales no vinculadas a una política económica común”. [7] Los Habsburgo usaron en sus reinos, como era común en la época moderna, los recursos propios a cada uno de ellos y en muy contadas ocasiones lo hacían con fines patrimoniales;[8] mucho más problemático resultaba “transferir rentas de un reino a otro”, esto es, obtener dinero en un territorio y emplearlo en otro, como hizo Carlos V, no sin dificultades, en los Países Bajos. [9]
De la primera mitad del siglo XVI, destaca Yun Casalilla la presencia en Castilla de banqueros y comerciantes procedentes de Alemania, Flandes o Génova, cuyo interés en el negocio del oro y la plata los convirtieron en actores principales del comercio atlántico. [10] A muchos de ellos tuvo que conceder la Corona algunos privilegios, como los denominados asientos o monopolios en determinados sectores, tanto en el Nuevo Mundo como en el Viejo Continente, como la minería o el negocio de las plantaciones. [11] Desde finales del siglo XVI y durante el siglo XVII la implantación del galeón de Manila (nueva pieza fundamental para el transporte de la plata de Nueva España) sería de vital importancia para la “economía del imperio” el comercio entre América y Asia. [12] El contrabando, como leemos, no era algo infrecuente para lo que los mercaderes se servían del impuesto de la avería. [13] Yun Casalilla señala también  la importancia que la anexión de Portugal a la Corona bajo Felipe II en 1580 tuvo para la economía, especialmente gracias al control de las colonias portuguesas.[14] Parece relevante destacar el hecho de que los propios monarcas españoles fueron conscientes de la situación de crisis inevitable de la monarquía –precisamente como consecuencia de su “marco institucional”– y de recesión desde, según Bartolomé Yun Casalilla, finales del siglo XVI.[15]
¿Fue la historia de la economía de los Habsburgo españoles en el siglo XVII la de un fracaso? [16] La principal causa de este fracaso, según el autor, fue el descenso de la cantidad de plata que llegaba de América a la Península Ibérica. Sus consecuencias habrían sido el aumento de una demanda de productos europeos y asiáticos en América imposible de satisfacer. El monopolio parecía ser insostenible, lo que aprovecharon los contrabandistas y los comerciantes extranjeros.[17] Personalmente, creo que las respuestas a este tipo de preguntas nunca son sencillas. Antes de contestarlas a la ligera hay que estudiarlas e investigar la realidad compleja de cada fenómeno. Las contradicciones, que son esenciales aunque presenten problemas para los historiadores, nos ayudan a comprender los cambios profundos en la política, la economía y las instituciones, en cuya reestructuración y flexibilización destaca el poder de la clase mercantil, que llegaba más allá de lo que lo hacía la monarquía.[18] Bartolomé Yun Casalilla da una lección valiosa a este respecto en el capítulo que hemos comentado.


[1] Yun Casalilla, Bartolomé, «Las instituciones y la economía política de la Monarquía Hispánica (1492-1714). Una perspectiva trans-“nacional”» en Yun Casalilla, Bartolomé y  Ramos Palencia,  Fernando (eds.), Economía política desde Estambul a Potosí: Ciudades estado, imperios y mercados en el Mediterráneo y en el Atlántico ibérico, c. 1200-1800, Valencia, Universitat de València, 2012, pp. 139-162. Todas las citas siguientes se refieren a este capítulo.
[2] p. 161.
[3] pp. 139-140.
[4] p. 147.
[5] pp. 147-148.
[6] p. 141.
[7] p. 145.
[8] Ídem.
[9] p. 146.
[10] p. 145.
[11] pp. 148-149.
[12] p. 152.
[13] p. 148.
[14] p. 157.
[15] p. 156.
[16] Yun Casalilla inicia y concluye el capítulo comentado refiriéndose al fracaso de la monarquía hispánica, si bien lo matiza en su conclusión apuntando precisamente a la prolongación en el tiempo de su poder, p. 139 y p.160.
[17] p. 154.
[18] pp. 160-161.